5 aclaraciones sobre nueva política migratoria para cubanos

El Viraje en la política migratoria para los cubanos generó de inmediato una cadena de dudas y desconcierto sobre el tratamiento de personas que están viajando a Estados Unidos, desde Cuba y otros países, con visas o a través de otras vías irregulares para tratar de radicarse en territorio estadounidense.

Aunque la Ley de Ajuste Cubano (CAA), establecida en 1966, sigue vigente y ampara a todos los cubanos que entren con visado a Estados Unidos, es importante reiterar que una visa no es garantía absoluta para acceder al país y que las autoridades de control migratorio tienen derecho a entrevistar y negar el acceso al pasajero cuando estimen que han irregularidades en su caso.

La eliminación del decreto de "pies secos/pies mojados", emitido en 1995, y del memorando de elegibilidad para la residencia permanente, de 1999, significa que desde el pasado 12 de enero los inmigrantes cubanos que intenten ingresar a Estados Unidos de manera irregular, ya sea por vía marítima, puntos fronterizos de México y Canadá, o buscando refugio al llegar a aeropuertos estadounidenses, serán sometidos a detención y eventual expulsión expedita, de la misma manera que son devueltos los ciudadanos de otros países.

El presidente Barack Obama lo manifestó de manera directa en su declaración del pasado jueves:  “Al tomar esta medida tratamos a los migrantes cubanos de la misma manera que tratamos a los migrantes de otros países”.

A raíz de incidentes ocurridos en el Aeropuerto Internacional de Miami (MIA) y otros puntos fronterizos con visitantes e inmigrantes cubanos, y de las numerosas interrogantes recibidas en Telemundo 51, estas son algunas  aclaraciones importantes  sobre la nueva política migratoria para Cuba y la Ley de Ajuste Cubano:

1. Tener visa no implica protección bajo la CAA:

Estados Unidos otorga anualmente a nacionales cubanos unas 23 mil visas de no inmigrante, según las más recientes estadísticas del Departamento de Estado. Si usted recibió una visa para viaje familiar, turismo o negocios para venir a Estados Unidos (B-1 o B-2), no significa que pueda arribar a un aeropuerto de Estados Unidos y pedir protección bajo la CAA o declarar que planea radicarse en el país. Los cubanos que obtienen visa de visitante con pasaporte emitido por la República de Cuba pudieran estar sometidos a un interrogatorio de un oficial de inmigración en el punto de entrada, como cualquier ciudadano de otro país. Si en la entrevista se produce alguna respuesta o declaración que se considera incongruente con los requisitos de una visa de visitante, la entrada puede serle negada al portador, y ser devuelto a su lugar de origen. Muchas de las retenciones de las últimas horas pudieran haber afectado a personas que declararon su intención de quedarse en el país o confesaron haber realizado actividades no compatibles con visas de no inmigrante en visitas anteriores.  Por lo general, los cubanos con visa deben entrar sin mayores dificultades. Si permanecen  en territorio estadounidense pueden obtener estatus migratorio bajo la CAA, pero nunca antes de cumplir un año en el país.

2. Entrar con pasaporte europeo no le permitirá “declararse cubano”:

Durante los últimos cinco años se hizo común que ciudadanos cubanos naturalizados españoles o en otro país europeo incluido en el programa de exención de visado estadounidense (waiver), llegaban a aeropuertos de Estados Unidos y se presentaban ante las autoridades migratorias con pasaporte cubano para solicitar refugio, apelando a la CAA. Un total de 10,992 cubanos lo hicieron a su llegada al  Aeropuerto Internacional de Miami durante el año fiscal 2016. La entrada significaba la obtención de un parole con los correspondientes beneficios humanitarios para refugiados. Esta opción ha quedado suspendida desde el 12 de enero y quienes la intenten serán devueltos a su lugar de procedencia, con penalidad incluida para su retorno a EEUU.  Los cubanos que viajen a EEUU con pasaporte europeo o de otro país exento de visado, deberán cumplir el trámite de entrada como  no cubanos, y no podrán recibir ningún tipo de beneficios inmediatos. Si logran permanecer en el país por un año podrán entonces hacer sus trámites como nacionales cubanos y solicitar su estatus migratorios bajo la CAA.

3. Solicitudes de asilo se mantienen vigentes, pero limitadas:

Estados Unidos mantiene abierto el procesamiento para refugiados políticos, quienes pueden hacer la solicitud en la Embajada estadounidense en La Habana, así como las peticiones de asilo político en territorio estadounidense. Obviamente, ambos procesos son prolongados y dependen de la evaluación de cada caso por parte de las autoridades competentes. Los cubanos que intenten hacer una entrada irregular y se presenten a las autoridades estadounidenses serán automáticamente arrestados, pero tienen la opción de buscar asilo, si es que pueden argumentar un caso de persecución política. Sin embargo, esto no garantiza que pueda otorgársele tras un proceso que reclamará tiempo y suficiente asesoría legal. Los casos de otorgamiento de asilo a cubanos en territorio estadounidense han decrecido gradualmente durante la última década.

4. Cubanos son inadmisibles en la frontera:

Las nuevas disposiciones migratorias hacen inadmisibles en Estados Unidos a los cubanos sin visados o admisión para emigrar. Hacer una entrada irregular burlando el control de las autoridades migratorias deja a la persona en una situación de limbo, sin derechos legales y sujetos a una expulsión expedita en caso de ser detectado. Hacer vida de indocumentados en Miami o en cualquier lugar de Estados Unidos no es una opción recomendable.

5. Se mantiene programa de reunificación familiar y las 20 mil visas:

Tanto el Programa de Reunificación de Familias Cubanas (Cuban Family Reunification Parole program), establecido en el 2007 para adelantar el viaje de familiares con peticiones aprobadas sin tener que permanecer en Cuba por sus visas de inmigrante, como el otorgamiento de las 20 mil visas anuales para cubanos que quieran emigrar, se mantienen sin cambios. A su vez, los cubanos podrán seguir participando cada año en el Programa de Visas de Diversidad o Lotería de Visas del Departamento de Estado.

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